Restituir a Edmundo Jacobo en el INE; Tribunal

El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió a Jacobo, por unanimidad, una suspensión provisional contra el artículo 17 transitorio de la reforma electoral conocida como “Plan B”, que lo remueve del cargo.

La Magistrada Carolina Alcalá Valenzuela, que presentó el proyecto de sentencia, advirtió que Jacobo había sido designado como Secretario Ejecutivo para el periodo febrero de 2020 a febrero de 2026, y que el “Plan B” no dio alguna razón para cesarlo en sus funciones.

“No se advierte una razón por la que el cambio de facultades (de la Secretaría Ejecutiva) justifique que se termine anticipadamente la titularidad del nombramiento que se venía ejerciendo por el quejoso, como algún dictamen valorativo o procedimiento que demerite sus conocimientos o experiencia”, explicó.

El organismo señala que de no concederse la suspensión, Jacobo sufriría daños irreparables, pues seguirá corriendo el periodo para el que fue nombrado sin que pueda ocupar el cargo.

El tribunal menciona que Jacobo ejerce sus funciones bajo el nuevo modelo que establece el “Plan B”, mismo que reduce la estructura y atribuciones de múltiples áreas del INE, y está en proceso de ser impugnado ante la Suprema Corte de Justicia.

Agencias / Internacional

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