El impacto de la pandemia en los servicios de procuración de justicia (Cuarta parte)

En el artículo anterior hablamos que las problemáticas señaladas, y en consecuencia también las deficiencias, no son cuestiones nuevas surgidas a raíz de la pandemia de Covid-19, sino que son fallas estructurales del sistema de procuración de justicia mexiquense.

Las investigaciones de las Fiscalías en el Estado de México han sido objeto de observación de organismos de derechos humanos.

Por ejemplo, en el caso Atenco vs. México, sobre la tortura sexual a 11 mujeres, la Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó en 2018 que las investigaciones realizadas por la actual Fiscalía General de Justicia del Estado de México y la actual Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas, FEVIMTRA) no se llevaron a cabo con debida diligencia, pues –entre otras cuestiones- la recolección y el manejo de la evidencia “fue a todas luces ineficiente”, las entrevistas y los exámenes médicos realizados no cumplieron con los requisitos necesarios en casos de víctimas de violencia sexual y/o tortura, no se le dio tratamiento a los elementos de prueba presentados por las víctimas y se las sometió innecesariamente a peritajes revictimizantes, todo lo cual “perjudicó de forma significativa el desarrollo de las investigaciones posteriores”.

Asimismo, la Corte concluyó que la investigación no se llevó a cabo dentro del plazo razonable y desde una perspectiva de género, lo que sumado a las anteriores irregularidades llevó a la conclusión de que el Estado violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, reconocidos en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención Americana, y con el artículo 7.1 de la Convención de Belém do Pará.

Por otra parte, es emblemática la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de 2013 sobre el caso de Mariana Lima Buendía, víctima de feminicidio en el Estado de México, cuya muerte fue inicialmente investigada como un suicidio.

La SCJN concluyó que las autoridades estatales cometieron varias irregularidades durante la investigación de la muerte de Mariana Lima, entre las que destaca una incorrecta protección de la escena del crimen y las evidencias que podrían haber servido para la investigación, y una inadecuada inspección de la misma.
Además, la sentencia de la SCJN es especialmente destacada porque pone de manifiesto la necesidad de que las investigaciones de muertes violentas de mujeres se lleven a cabo desde una perspectiva de género.
Los casos anteriores son algunos de los ejemplos que muestran que las Fiscalías en el Estado de México enfrentan importantes problemáticas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas.

En este contexto, por ejemplo, se señala que existe una importante falta de personal y una sobrecarga de trabajo, lo cual es un reclamo constante tanto de las propias personas servidoras públicas como de las titulares de derechos y la sociedad civil.

Adicionalmente, se han destacado otros problemas como la falta de recursos técnicos para la investigación, la falta de capacitación en perspectiva de género de las personas servidoras públicas y la descoordinación entre las instituciones involucradas en la investigación y la prevención de la violencia contra las mujeres.
Estas problemáticas, como han evidenciado los casos mencionados anteriormente, derivan en la violación a los derechos humanos de las víctimas, quienes se enfrentan a la revictimización por parte del Estado por su ineficiencia y por la impunidad en la que quedan algunos casos.

En esta línea, en la sentencia sobre Mariana Lima, la SCJN recuerda, retomando las consideraciones de la Corte IDH en el caso Campo Algodonero vs. México, que “la impunidad de los delitos contra las mujeres envía el mensaje de que la violencia contra la mujer es tolerada, lo que favorece su perpetuación y la aceptación social del fenómeno, el sentimiento y la sensación de inseguridad de las mujeres así como una persistente desconfianza de estas en la administración de justicia”.

En el contexto de la pandemia por la Covid-19, el 20 de marzo la Fiscalía General de Justicia del Estado de México publicó un acuerdo con diversas medidas para prevenir y atender la contingencia sanitaria. Algunas de las medidas previstas en relación con la investigación de los casos de violencia contra las mujeres las veremos en el siguiente artículo.
CONTINUARÁ…

Fuente: http://www.amnesty.org

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Gabriel Alberto Ramírez Nazariego

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