Ordena suprema Corte revisar proyectos del Puerto de Veracruz

Determinó que se tendrán que elaborar nuevos estudios de impacto ecológico con respecto a la ampliación.

La Suprema Corte de Justicia anuló ayer los permisos ambientales que, desde 2004, han permitido la ampliación del Puerto de Veracruz, y ordenó al Gobierno revisar de nuevo todos los proyectos, para aclarar si pueden dañar arrecifes y humedales.

La Primera Sala de la Corte amparó a residentes veracruzanos que, en 2016, iniciaron un litigio contra las ampliaciones solicitadas por la Administración Portuaria Integral (API) de Veracruz, la última de las cuales, de abril de 2017, permitió extender la zona norte del Puerto.

La API Veracruz registró, desde 2008, un proyecto de inversión de 22 mil 981 millones de pesos para la “ampliación natural” del Puerto, del cual ya se han ejercido 20 mil 628 millones de pesos, con mil 237 millones autorizados para 2022.

Está por verse el impacto que la sentencia de la Corte tendrá sobre las obras ya construidas, pero el amparo no ordena cancelarlas.

La principal objeción de los Ministros fue la forma fragmentada en que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) fue otorgando permisos para cambio de suelo y autorizaciones de impacto ambiental, 15 en total en el periodo 2004 a 2017, sin hacer una evaluación integral de posibles daños al ecosistema.

“(Las autoridades) no atendieron a la mejor información científica disponible. No analizaron y evaluaron de manera completa cada uno de los diferentes impactos ambientales que el proyecto y su modificación podrían ocasionar, en tanto se analizó dicho proyecto y las obras vinculadas de manera fragmentada”, explica la sentencia, presentada por el Ministro Juan Luis González Alcántara.

Agrega que esto violó el derecho a un medio ambiente sano de las personas que promovieron el amparo.

El fallo obligará a Semarnat a revisar manera integral el proyecto de ampliación y las obras relativas –aún las ya ejecutadas–, pero considerando la totalidad de arrecifes y humedales que se encuentran en la zona de influencia de dicho proyecto; entre ellos, el arrecife conocido como la Loma.

Este análisis deberá considerar los impactos ambientales acumulativos, sinérgicos y residuales del proyecto y obras autorizadas, en su conjunto.

LA SENTENCIA
La SCJN ordeno que los nuevos estudios ambientales tomen en cuenta la cercanía del proyecto de ampliación del Puerto con el Área Natural Protegida con carácter de Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano y la regulación nacional y convencional aplicable.

“En este supuesto, las autoridades ambientales quedaron obligadas a gestionar, en forma enunciativa pero no limitativa, las siguientes actividades: i) elaborar un programa de trabajo para la mitigación y/o restauración del área; ii) coadyuvar institucionalmente para el desarrollo e implementación de dicho programa y iii) solicitar al Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas emita una opinión sobre el programa de trabajo en cuestión, y iv) en el marco de un diálogo institucional, solicitar al Comité Nacional de Humedales para que requiera al Comité Internacional de Humedales la designación de un grupo de peritos para evaluar el sitio y definir así el esquema para su protección a través de un programa de trabajo”, señala la sentencia de la SCJN.
Agencias

MÉXICO
VÍCTOR FUENTES

TE PUEDE INTERESAR

Fuerte Accidente en la Carretera Villa Cuichapa – Tlacuilolapán

La tarde de este sábado, a la altura del kilómetro 6 en la carretera Villa …