REFORMA/LIBERAL Airbnb no afronta su mejor momento: recientemente recortó el 25 % de su fuerza laboral y agregó deuda adicional de 2 mil millones de dólares, para enfrentar la caída en las reservaciones, frente a la pandemia.

Impugna Airbnb cobro de impuestos

La plataforma de renta inmobiliaria Airbnb presentó el primer amparo para impugnar la reforma que estableció el pago de IVA e ISR en la contratación de servicios y compra de bienes por internet.

El amparo fue presentado el 10 de julio por Airbnb Ireland Unlimited Company, que es la proveedora del sitio web que se utiliza para hacer reservaciones desde México, y cuestiona la constitucionalidad del decreto de reforma que entró en vigor el 1 de junio.

Francisco Javier Rebolledo, Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa, pidió a la empresa aclarar el tema de la entrada en vigor de la reforma, antes de resolver si admitirá a trámite la demanda.

La reforma estableció dos clases de cobros: ISR a las personas que usan las plataformas para vender o rentar sus bienes o servicios, e IVA que deben pagar sus clientes.

DUEÑOS DE INMUEBLES DEBEN PAGAR ISR DE 2 A 10% SEGÚN INGRESOS MENSUALES

En el caso de Airbnb, los dueños de inmuebles que los colocan por medio de la plataforma tienen que pagar ISR que va de 2 a 10 % según el monto de sus ingresos mensuales, al tiempo que las personas que los rentan tienen que pagar IVA de 16 %.

En ambos escenarios, la plataforma es la retenedora del impuesto –lo que le genera obligaciones y costos administrativos–, salvo en casos de pagos en efectivo, que el usuario tiene que declarar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

“Tratándose de los servicios digitales prestados por residentes en el extranjero sin establecimiento en México, se considera que el servicio se presta en territorio nacional cuando el receptor del servicio se encuentre en dicho territorio”, aclara la Ley del IVA, en alusión a que muchas de estas plataformas operan sus sitios desde otros países.

También se ordena a las plataformas entregar cada mes al SAT la información de los vendedores o prestadores de servicios que las utilicen, incluidos RFC, CURP, domicilio fiscal, bancos y cuentas que usan para sus transacciones, y dirección de inmuebles en renta.

México
Víctor Fuentes/Reforma

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