Gina Collins/Liberal El Poder Judicial del Estado es un organismo autónomo al Poder Ejecutivo.

Inconformes proveedores con proceso de licitación en el Poder Judicial

Proveedores del Poder Judicial de Veracruz se inconformaron debido a que se les niega la participación en licitaciones públicas por no estar dados de alta en el Padrón de Contratistas de la Secretaría de Finanzas y Planeación de Veracruz (Sefiplan).

Y es que el pasado 9 de junio, se realizó una junta de aclaración para determinar la licitación pública de algunas obras que se realizarán en el estado por dicho poder, donde la Subdirección de Recursos Materiales les negó la participación a diversos contratistas, por no estar dados de alta en dicho padrón.

Es de mencionar que el Poder Judicial del Estado, es un organismo autónomo al Poder Ejecutivo, por lo que el requisito a proveedores y contratistas de estar dados de alto en el padrón estatal de Proveedores y Contratistas podría considerarse inválido.

Sin embargo, en el documento que presenta las bases para la participación en la licitación pública estatal no. LPE-COP/PJE/FASP/001/2020 relativa a la construcción de la Ciudad Judicial Cardel “primera etapa” (dos salas de juicios orales y dos juzgados de juicio oral, se especifica que este es uno de los requisitos.

En el punto IX de las bases, se informa que con fundamento en el art. 26 párrafo cuatro de la Ley Número 825 de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz, sólo se podrán celebrar contratos de obras públicas o de servicios relacionados con las personas inscritas en el Padrón de Contratistas de Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Gobierno del Estado de Veracruz, cuyo registro esté vigente.

“De conformidad con el artículo 9 Bis Código Financiero para el Estado de Veracruz, para la celebración de contratos y convenios con contratistas, registrados en el padrón correspondiente, estos deberán presentar constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales por contribuciones estatales y opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, la primera expedida por la Dirección General de Recaudación de la Secretaría de Finanzas y Planeación. Y la segunda emitida por la Página Servicio de Administración Tributaria respecto de impuestos federales”.

Estas constancias deberán tener como máximo 30 días de haber sido expedidas, sin las cuales no será posible la celebración del contrato, así como serán indispensables para la realización de cualquier pago.

Finalmente, los proveedores inconformes, se han quejado ya que debido a la contingencia sanitaria por Coronavirus la Sefiplan no está registrando a nadie los padrones del estado.

Xalapa
Noé Zavaleta

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