En el artículo anterior hablamos que la Reforma Constitucional en Materia de Justicia Federal es un esfuerzo de actualización funcional y estructural del Poder Judicial, surgido dentro del mismo y que se consolidó en legitimidad democrática, gracias al consenso inédito de los tres Poderes de la Unión, para realmente atender a los aspectos que necesitaban ser cambiados, no sólo desde el punto de vista del cumplimiento de la labor judicial en los distintos ámbitos en los que opera, sino también desde un proceso honesto de análisis y generación de propuestas en beneficio de todas y todos los mexicanos.
Desde el interior del Poder Judicial de la Federación surgió la iniciativa de una “Reforma del Poder Judicial con el Poder Judicial”; una reforma profunda que planteó la necesidad de realizar modificaciones a la Constitución Federal y diversas leyes que regulan la estructura y facultades del Poder Judicial y cómo lo hace.
Juzgadoras y juzgadores, así como el personal de todos los tribunales, órganos y áreas del PJF, incluidos quienes se desempeñan en labores de defensoría pública, además de usuarias y usuarios del sistema de impartición de justicia en el país, así como la sociedad mexicana en su conjunto, serán partícipes y beneficiarios de estos cambios.
El objetivo de la reforma es la concreción de un Poder Judicial Federal más eficiente, más eficaz, más cercano a las personas y más profesional, que va a generar necesariamente una mejor justicia para el país. Así, se marca un antes y un después en la labor judicial en México, pues las distintas modificaciones, redefiniciones y adecuaciones que son parte de la reforma, la convierten en la transformación más importante del Poder Judicial de la Federación en los últimos 25 años.
¿QUÉ CAMBIA?
5.Igualdad de género y paridad.
•Paridad de género en la carrera judicial. Se adiciona como principio rector de la carrera judicial la paridad de género, como complemento de los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia.
•Perspectiva de género. El Poder Judicial de la Federación incorpora la perspectiva de género de forma transversal, progresiva y equitativa en el desarrollo de la carrera judicial, a fin de garantizar a mujeres y hombres el ejercicio y goce de sus derechos humanos, con un enfoque de igualdad sustantiva.
6.Carrera judicial.
•Ley de Carrera Judicial. Se expide por primera vez una Ley de Carrera Judicial, que tiene por objeto establecer las bases para el desarrollo de la Carrera Judicial de las personas servidoras públicas de carácter jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, así como regular todas aquellas cuestiones que inciden directamente en el funcionamiento de la misma.
•Designación de juzgadores. En contra de la designación de Magistradas, Magistrados, Juezas y Jueces, no procede recurso alguno, pero los resultados de los concursos de oposición podrán ser impugnados ante el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
•Escuela Federal de Formación Judicial. El Instituto de la Judicatura Federal se convierte en Escuela Federal de Formación Judicial, como una institución de educación especializada en la que se impartirá educación judicial para la profesionalización de la carrera judicial, para los estudios de posgrado, educación continua e investigación, así como para la formación, capacitación y actualización del personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial de la Federación y de quienes aspiren a pertenecer a éste.
El fortalecimiento de la carrera judicial, la paridad en juzgadoras y juzgadores, la lucha contra la corrupción y el nepotismo, la refundación de la escuela judicial, la ampliación de los servicios de defensoría y la unificación de los esfuerzos de capacitación, al igual que el fortalecimiento de la Corte como máximo intérprete y defensor de la Constitución, son cambios en el ámbito de lo institucional, cuyos beneficios llegarán a toda la ciudadanía.
Estas definiciones, que se inscriben en el umbral de la Undécima Época del Poder Judicial de la Federación, sientan las bases para que la justicia deje de ser un privilegio de ciertos sectores de la población y se convierta en un verdadero derecho para todas las personas.
¿QUÉ BENEFICIOS TIENE PARA TI?
La Reforma Judicial implica una renovación estructural para generar una justicia más ágil y eficiente, alineándose con los cambios sociales y culturales generados en los últimos años, y para cumplir los llamados de la sociedad mexicana de una justicia expedita.
Uno de los objetivos más importantes de la Reforma Judicial es tener una impartición de justicia más cercana a las personas, que supere antiguas barreras como las de procedimientos (para lo cual incorpora la justicia digital), las de lenguaje (por ello se forma a profesionales de la justicia para que dominen diferentes lenguas) o las de conocimiento (con ese propósito, incorpora a juezas y jueces más sensibles a las problemáticas sociales).
Con acciones claras y contundentes, en apego a la reforma se realiza un proceso de limpieza y renovación interna, para eliminar prácticas como la corrupción, el nepotismo y el clientelismo, que impiden una justicia plena y afectan sobre todo a las personas en mayor estado de vulnerabilidad.
Otro punto básico de la reforma es continuar con el impulso de la paridad de género y la protección de las mujeres que laboran dentro del Poder Judicial frente a situaciones de acoso sexual y otras formas de violencia en su trabajo. No sólo es una medida trascendental que marca una diferencia en la labor judicial, también es una cuestión de justicia y derechos humanos para saldar la deuda histórica que se tiene con las mujeres.
En términos generales, el mayor beneficio de la Reforma Judicial es que, gracias a ésta, quienes se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, podrán obtener una justicia de calidad en condiciones de igualdad.
CONTINUARÁ…
¡Ahora que lo sabes, haz valer tus derechos!
Fuentes:
https://www.gob.mx/
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